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Absuelto de amenazar al candidato de Vox en Vigo

La mesa informativa de VOX, en Príncipe con Colón el pasado 13 de abril.
photo_camera La mesa informativa de VOX, en Príncipe con Colón el pasado 13 de abril.
El juzgado asegura que el denunciante, Antonio Budiño, no aportó prueba alguna de los hechos excepto de su propia declaración
 El simpatizante de la Asamblea Antifascista que fue llevado a juicio por el candidato de Vox, Antonio Budiño, por una supuesta amenaza llevada a cabo durante un acto de campaña en el mes de abril ha sido absuelto por el juzgado.
En la sentencia, contra la que cabe recurso,  la titular de Instrucción 6, refiere que el denunciante “no ha aportado prueba alguna de la amenaza, más allá de su propia declaración” y añade que únicamente comparecieron en sala los agentes de Policía Nacional que afirmaron “no haber presenciado el gesto intimidatorio denunciado”.
En concreto, Budiño aseguró que durante la mesa informativa colocada entre Príncipe y Colón, el joven al que llevó el banquillo le hizo un gesto, pasándose el dedo índice a lo largo del cuello, mientras le gritaba “fascista” y otros insultos. De esta forma, solicitaba para el denunciado una multa de 1.080 euros por un delito leve de amenazas emitida por razones ideológicas, así como una orden de alejamiento de él y su familia por un año.
La sentencia, no obstante, declara como hechos probados que el 13 de abril se encontraba el denunciante en la mesa informativa de su formación como candidato al Congreso y el denunciado, junto con un grupo de personas a unos 25 metros de distancia, gritando consignas en contra del citado partido político, estando alrededor un perímetro policial de protección. En un momento determinado, Budiño pidió a los agentes identificar al denunciado.
El fallo sostiene que el joven en su declaración, avalada por un testigo, reconoció haber realizado un gesto con las manos, señalando a los agentes de Policía que formaban parte del dispositivo. “Dicho gesto podría haber sido interpretado como un gesto intimidante”, afirma la sentencia.
De esta forma, concluye, que “ante lo expuesto y teniendo en cuenta las malas relaciones existentes entre las partes, derivadas de sus respectivas posiciones ideológicas subsiste la duda racional de que los hechos ocurrieran en la forma descrita por el denunciante”.

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