Tribunales

El TSXG avala la ampliación de los pantalanes del Náutico de Sanxenxo

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) entiende que la ampliación de los pantalanes del Náutico de Sanxenxo, autorizada por Portos de Galicia en mayo de 2012 y recurrida por el Ayuntamiento y vecinos de la zona, es legal.

El proyecto incluía la creación de dos nuevos pantalanes para embarcaciones, la habilitación de plazas de amarre y la ampliación del pantalán pesquero.

El TSXG argumenta que el proyecto se ubica en una zona portuaria en la que ya había un uso náutico deportivo mediante la existencia de fondeos.

La concesión para ampliar las instalaciones, por tanto, "no se opone al plan de usos del puerto" y, en la prueba practicada, resultó acreditado que toda la obra se llevó a cabo en la lámina de agua y que no se trataba de un nuevo puerto deportivo, "sino de un atraque dentro del puerto ya existente".

En cuanto a la existencia de vulneración del trámite medioambiental, tal y como alegan las partes, el TSXG considera que no se ha producido porque es una instalación desmontable, un pantalán flotante sujeto a pilotes hincados en la arena al abrigo de una instalación preexistente que es el espigón del puerto.

El TSXG rechaza que el presidente de Portos de Galicia incurriese en "desviación de poder", pues sostiene que la intención perseguida con la concesión era ordenar los espacios portuarios, algo que es "de interés general". 

Los magistrados indican que "no se consideran sustanciales" las modificaciones de la concesión, al no incrementarse la superficie o el volumen construido en más de un 10%, al tiempo que señalan que con ellas se pretendió mejorar la maniobrabilidad y el "distanciamiento considerable" de la playa de A Panadeira.

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