Máxima sanción para Adif por tirar los vagones de un tren de mercancías al río Sil

Estado en el que quedaron los vagones tras las maniobras de retirada de la vía.
photo_camera Estado en el que quedaron los vagones tras las maniobras de retirada de la vía.
La Xunta califica los hechos como graves y considera que hubo intencionalidad de la empresa

La Xunta de Galicia ha sancionado al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, con una multa de 45.000 euros por el vertido de dos vagones al río Sil, en el término municipal de Carballeda de Valdeorras. Se trata de la cuantía máxima que se puede interponer en una infracción de estas características, calificada en la resolución como grave según la Ley 22/2011, del 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Los hechos ocurrieron el 28 de junio de 2020 cuando un tren de mercancías que viajaba sin carga descarriló en la línea León-A Coruña, a escasos kilómetros de la estación de Sobradelo. En las labores posteriores para librar la vía, dos de los vagones se deslizaron ladera abajo, quedando uno de ellos sobre el lecho del río Sil.  Una maniobra que generó una ola de críticas por parte de colectivos ecologistas y partidos políticos a nivel estatal, ADIF anunció la apertura de una investigación para analizar a fondo todas las acciones efectuadas durante las actividades de retirada del material descarrilado, y mismo se abrieron diligencias en el Juzgado de O Barco, aunque estas fueron finalmente archivadas.

Según ha podido conocer este periódico, el expediente incoado en aquel momento por la administración gallega se ha resuelto ahora con esta sanción, al considerar a ADIF responsable de la comisión de una infracción grave, basándose en el artículo 46.3.c de la citada Ley de residuos y suelos contaminados. El artículo alude al “abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente”, equivalente a lo que recoge la ley gallega de residuos.

El importe de la sanción, el máximo contemplado y superior a los 35.000 euros que inicialmente propuso la Consellería de Medio Ambiente, guarda según fuentes del departamento que preside Ángeles Vázquez “a debida adecuación”, entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada al entender que hubo intencionalidad en la operación, agravado por tratarse de un espacio natural protegido dentro de la Rede Natura 2000. “ADIF, en canto titular da vía onde descarrilaron os vagóns, omitiu as súas obrigacións de control e vixilancia e permitiu o vertido dos vagóns, realizado este sen medidas de control ambiental algún, e ademais é unha entidade pública empresarial dependente do Ministerio de Transportes, Mobilidade e Axenda Urbana que debe ser coñecedora das obrigacións establecidas na normativa aplicable respecto da xestión dos residuos”, dicen. Desde la entidad pública posponían a la semana próxima un posible pronunciamiento sobre este expediente.

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