Galicia

Absuelto el guardia civil acusado de aprovecharse de una mujer maltratada

La supuesta víctima admitió que las relaciones habían sido consentidas

La Audiencia de Pontevedra absolvió al guardia civil que estaba acusado de haber contactado con una víctima de violencia de género con fines sexuales, al entender que en su conducta puede existir "falta de ética" pero que no se ha "acreditado" que se haya acostado con la denunciante. La Fiscalía solicitaba para este guardia civil, que durante los años 2016 y 2017 supervisaba y decidía las actuaciones relativas a la violencia de género y a las órdenes de protección vigentes, un año y medio de cárcel y siete de inhabilitación por los delitos de solicitud sexual, negociación y actividad prohibida al funcionario y abuso de su función.
La sentencia, divulgada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, concluye que el acusado "con motivo de su actuación profesional" conocía el teléfono de la denunciante, así como que ejercía la prostitución y era consumidora de sustancias estupefacientes. El tribunal considera probado que el 26 de mayo de 2016 la llamó por teléfono y quedaron en un bar y ese día, según el fallo, "acudieron y subieron juntos" al cuartel en el que residía el agente, "donde permanecieron al menos durante diez minutos", pero sin que se acreditase lo que ocurrió en el interior.

Relaciones consentidas
La mujer había explicado ante el tribunal que mantuvieron relaciones sexuales consentidas y que ella, que reconoció ejercer la prostitución, accedió a las pretensiones del acusado "porque creí que me iba a ayudar con el alquiler", al recibir un pago por acostarse con él. Al terminar, continuó relatando la mujer, "cogió unos céntimos y me dijo que no era lo que esperaba, que no valía para nada".
Para el tribunal, la "falta de ética" que el acusado pudo haber demostrado subiendo a su domicilio particular con una víctima de violencia de género o "incluso la sanción que tal acto pudiera merecer en el ámbito disciplinario" no supone que los hechos hayan ocurrido como aseguraba la mujer. Las magistradas reiteran que "no consta" que el consentimiento de la denunciante hubiera estado "mediatizado ni condicionado en forma alguna" ni por la condición de guardia civil del acusado ni "específicamente" por su consideración de víctima de violencia de género. 

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