El Supremo avala las rebajas de penas por la ley del "solo sí es sí"

La ministra Irene Montero, en su escaño en el Congreso.
photo_camera La ministra Irene Montero, en su escaño en el Congreso.
El alto tribunal rechaza la norma transitoria con la que el Gobierno y la Fiscalía pretendían frenar las rebajas de pena y excarcelaciones de abusadores y violadores

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha avalado las rebajas de pena aplicadas en las revisiones de condenas firmes tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí', lo que supone desacreditar el criterio fijado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tras un Pleno monográfico de dos días celebrado expresamente para unificar doctrina en este tema.

Según ha informado el TS, los quince magistrados de la Sala Segunda, incluido su presidente Manuel Marchena, han confirmado el criterio aplicado en su inmensa mayoría por las audiencias provinciales.

Según los últimos datos proporcionados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a fecha 1 de mayo se habían realizado 2.301 revisiones, de las que resultaron 1.079 rebajas de pena y 108 excarcelaciones.

De esta forma, el Supremo desoye al Ministerio Fiscal, que abogó por mantener las penas antiguas cuando se pudieran imponer con la nueva ley para evitar rebajas automáticas.

El alto tribunal solo ha dado la razón a la Fiscalía en un punto concreto. Y es que establece que los condenados por delitos sexuales que vean rebajadas sus penas perderán también la patria potestad, tutela y curatela cuando se imponga como pena accesoria. Ello porque estas penas accesorias fueron incluidas por la ley del 'solo sí es sí', que, en caso de aplicarse, debe ser al completo.

Fuentes fiscales señalan que García Ortiz esperará a conocer los argumentos jurídicos de los 29 recursos resueltos en este Pleno monográfico para pronunciarse. Los fallos se conocerán en los próximos días.

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