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Absuelven a Narcís Serra y a los otros 40 acusados por los sueldos de Caixa Catalunya

La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona ha absuelto al expresidente de Caixa Catalunya Narcís Serra, al exdirector general Adolf Todó, y a los otros 39 acusados del Consejo de Administración de los delitos de administración desleal y de apropiación indebida por el aumento de sueldos a directivos de la entidad en 2010.
 


Según ha informado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en un comunicado, el tribunal considera que "los hechos declarados probados no son constitutivos del delito de administración desleal ni del de apropiación indebida sostenido por las partes acusadoras".

La sección octava, después de 28 sesiones de juicio, entiende que los acuerdos del Consejo de Administración en los que se aprobó aumentar el salario del entonces director general Adolf Todó --acusado en la causa--, y del director general adjunto Jaume Massana --no acusado--, a pesar de hacerlo en un contexto general de crisis económica y en una particular situación de debilidad de la caja, "no presentan carácter delictivo".

Según el TSJC, el tribunal --compuesto por los magistrados José María Planchat (ponente), Jesús Navarro y María José Trenzanos-- no aprecia comportamiento delictivo "ni en la decisión misma ni el proceso que lleva a la misma, por más que señala la evidente situación de recesión en la que se produjeron las decisiones".

El tribunal describe como `nudo gordiano` del debate jurídico determinar si los aumentos salariales fueron por el interés societario o si pudieron suscribirse por un interés particular, como sostenían las acusaciones, "que es lo absolutamente fundamental en el injusto que se viene considerando".

La Audiencia considera probado que Narcís Serra "lejos de pretender la causación de un perjuicio patrimonial a la entidad (que es lo que requiere el tipo de injusto), perseguía todo lo contrario al procurar garantizar la permanencia del equipo directivo", al que Serra consideraba el mejor preparado para liderar el proyecto de la caja y su fusión.

El delito societario de administración desleal precisa, según afirman los magistrados, que el autor persiga beneficio propio o de un tercero, y ha de causar directo perjuicio, "lo que no puede afirmarse del acusado" Narcís Serra, abunda.

La Fiscalía y las otras acusaciones --la Abogacía del Estado y la CUP-- sostenían que se cometieron delitos como el de administración desleal y de apropiación indebida puesto que, pese a que en aquel momento no existía una limitación legal a la retribución, los aumentos salariales no estaban justificados y supusieron "un desprecio a la situación de vulnerabilidad de la entidad lo que imponía, conforme aducen, una obligada contención del gasto", dice el tribunal.

Tras el juicio, el fiscal Fernando Maldonado rebajó de cuatro a tres años la petición de cárcel para Narcís Serra y Adolf Todó por dos delitos de administración desleal, y consideró que la subida de sueldos a los directivos aprobada por el consejo de administración de Caixa Catalunya en enero y octubre de 2010 supuso una "grave lesión a los intereses de la entidad".

HECHOS PROBADOS 

Según los hechos probados en la sentencia, Caixa Catalunya inició contactos en el segundo semestre de 2009 con Caixa Tarragona y Caixa Manresa para iniciar un proceso de integración de las tres cajas, que se aprobó en mayo de 2010, y el 15 de febrero de 2011 se acordó la constitución de Catalunya Banc.

El tribunal sí considera que Caixa Catalunya, desde mediados de 2008, año en que el contexto económico tanto español como internacional se había deteriorado, presentaba "signos de intenso empeoramiento de su evolución", con morosidad elevada, una estructura financiera desequilibrada, unos niveles ajustados de solvencia e importantes necesidades de saneamientos".

La sentencia recoge que "debido a que esa vulnerabilidad, que no insolvencia, podía llegar a comprometer su futura viabilidad", el 28 de julio de 2010 el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) inyectó 1.250 millones de euros; el 30 de septiembre de 2011 aportó 1.718 millones más; en 2011 se incorporó al Consejo de Administración del Banco, y el 26 de diciembre de 2012 se aportaron nuevamente otros 9.084 millones, pasando a ostentar el Frob el 100% del capital.

A principios de 2008 fue nombrado director general de la entidad Adolf Todó, fijando un sueldo para ese año de 600.000 euros, más otras retribuciones variables y bonificaciones, mientras que para el director general adjunto se fijó un sueldo de 371.000 euros más variables.

La Audiencia considera probado que el Consejo de Administración de la entidad votó el 19 de enero de 2010 un acuerdo para aumentar el sueldo de ambos directivos, con una incidencia económica en el patrimonio de la entidad de 746.000 euros, correspondiendo 415.000 euros a Todó y 331.000 al exdirector adjunto.

Asimismo, en el Consejo de administración de 13 de octubre de 2010 se volvió a votar una nueva propuesta de incremento salarial de los directivos valorado en 37.000 euros.

Estos acuerdos supusieron que los ingresos de Todó ascendieron en 2008 a 684.713,97 euros; en 2009 a 900.826,26; en 2010 a 1.368.929,38 euros y en 2011 a 940.601,43, según constata la Audiencia.

AUMENTOS "DIFÍCILMENTE DIGERIBLES" 

En la sentencia, el tribunal señala que, cuando se produjeron estos aumentos salariales, la crisis económica general ya se manifestaba con intensidad y sumía "en la más cruel zozobra a amplios sectores de la sociedad, singularmente los más desvalidos", con destrucción de puestos de trabajo.

El tribunal, pese a no ver delito, sí constata que los aumentos salariales "resultaban sin duda difícilmente digeribles por la población en el contexto en que se encontraba, completamente zaherida y mortificada como también desolada ante la incertidumbre de una recuperación que en el común de las gentes se sospechaba costosa y, sobre todo, lejana".

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