baixo miño

Afectados de Paramos recurren la puesta en libertad del pirotécnico

El pirotécnico ha pasado nueve meses en prisión preventiva por la explosión en Paramos.
photo_camera El pirotécnico ha pasado nueve meses en prisión preventiva por la explosión en Paramos.

El juzgado considera “excesivo y desproporcionado” que Francisco G. siga en prisión 

nnn El Juzgado de Instrucción número 1 de Tui ha acordado la puesta en libertad provisional de Francisco G.L., único investigado por la explosión de un almacén ilegal de material pirotécnico en la parroquia tudense de Paramos, en mayo de 2018 -que costó la vida a un matrimonio, causó decenas de heridos y cuantiosos daños materiales-, al considerar “excesivo y desproporcionado” que siga en prisión cuando “no se reúnen os presupuestos legales” para mantener la privación de libertad.
La Asociación de Afectados de Paramos-Guillarei ha expresado su disconformidad con la decisión de la jueza de instrucción y, aunque han mostrado su respeto al auto de libertad, ha anunciado que su defensa lo recurrirá.
“Más allá de la parte judicial, nos sentimos impotentes y desamparados por nuestras administraciones, porque permitieron que este señor pueda dormir en su casa antes que muchos afectados”, han lamentado, en alusión a los graves daños y viviendas destruidas debido a la explosión.
Según ha señalado la asociación, “el enfado y el dolor” de los afectados “es muy grande” y han pedido “encarecidamente” al investigado que “tenga un respeto a las víctimas y no pase por Paramos”.
Según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la magistrada ha impuesto al investigado la obligación de comparecer en sede judicial los días 1 y 15 de cada mes, y le ha retirado el pasaporte.
En su auto, el juzgado señala que, a día de hoy, nueve meses después de que Francisco G.L. ingresara en prisión, la investigación está “prácticamente finalizada” y que resta “la valoración pericial final de los daños materiales” producidos por la explosión, la sanidad definitiva de algunos lesionados y la realización del ofrecimiento de acciones a un centenar de perjudicados. Todo ello incide, según la jueza, “en la envergadura de la responsabilidad civil derivada del delito”, más que en la relevancia penal de los hechos.
Además, descarta el riesgo de que el investigado pueda “ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba”, y apunta que hay “evidencia” de que el procesado almacenaba material pirotécnico “sin salvaguardar las condiciones de seguridad y sin ningún control administrativo”.
“No se conocen otros establecimientos clandestinos que hayan podido ser utilizados por el investigado con los mismos fines, de manera que quiebran los presupuestos que fundamentaron en su día la adopción de la medida cautelar personal de prisión preventiva”, se recoge en el auto, en el que también se valora como “inexistente” el riesgo de reiteración delictiva, tras la demolición de las instalaciones de la pirotecnia La Gallega.
La instructora subraya que hay “indicios racionales suficientes" para señalar al investigado como "el único responsable de la tenencia y almacenaje de las sustancias y la única persona que, presuntamente, conocía la existencia y destino del almacén y frecuentaba dicha nave."

Te puede interesar