Opinión

Missing

Pues, dilecta leyente, volviendo al “caso Diana Quer” y poniéndonos en el hipotético caso, poco probable, de que se trate de una desaparición voluntaria convertida en forzada, no debe sorprenderse de que los investigadores no hayan detenido aún a ningún sospechoso. Desde luego puede ser que las pesquisas no hayan prosperado en tal sentido, lo que resultaría frustrante dado que los hechos no ocurrieron en una gran ciudad, sino en una villa donde todo el pueblo colabora, pero también podría ocurrir que tuvieran fundados indicios sobre la participación de alguien en concreto. En este caso, estaría justificada su pregunta de por qué no se detiene al sospechoso. Pero también debe tener en cuenta que los hechos se produjeron con ocasión de la fiesta del pueblo con afluencia de personas ajenas al mismo, lo que añade un plus de dificultad. En cualquier caso a los sospechosos se les tiene que vigilar, sin detenerlos hasta localizar el zulo en donde pueda encontrarse la desaparecida.     
Permítame que para aclarar sus dudas me refiera a un caso que pasó en Alemania, donde un jefe de policía fue condenado por ordenar amenazar con torturar a un secuestrador para intentar salvar la vida del niño que retenía en un lugar oculto. El tribunal sentenció que entre los dos bienes jurídicos: La posibilidad de salvar la vida de un niño y la integridad física y psíquica de la persona, aunque sea el sospechoso de un crimen, debe prevalecer el derecho de este último.
En cuanto a la posibilidad de que un asesinato pueda resultar impune por no hallarse a la supuesta víctima, debo aclararle que de una parte el Código Penal castiga duramente el secuestro sin dar razón del paradero de la persona secuestrada y, por otra, la última jurisprudencia del Tribunal Supremo va en el camino de endilgar el muerto al sospechoso de su desaparición cuando hay indicios suficientes. Por ejemplo, encontrar en casa del sospechoso una cantidad suficiente de sangre  a partir de la cual la persona no podría sobrevivir. 
Así, la primera condena en España por homicidio sin haberse hallado el cadáver se produjo en Canarias, gracias a un informe de la Policía Científica en 2.011: Se supo que la víctima había estado en la casa del sospechoso haciendo unos trabajos, hecho confirmado por una llamada telefónica a su novia quien escuchó una fuerte discusión, y no volvió a ser visto. El sospechoso había vendido efectos de la víctima, existía además el móvil de los celos por salir con la anterior pareja de aquél, y en el registro del domicilio se encontraron pruebas de indicios biológicos del asesinato. (Pero ni cadáver, ni arma homicida, ni testigos).
Otro caso fue el de Marta del Castillo.
 

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