Opinión

¿Legítima defensa?

Pues, dilecta leyente, la próxima semana comienza el juicio, con un tribunal del jurado, por el llamado “Crimen de Pontedeume”, en el que se juzga a un matrimonio por la muerte de un joven al que sorprendieron de noche en su domicilio. Al parecer, el joven, sin antecedentes, buen estudiante y perteneciente a una conocida familia ferrolana, había entrado en dicha vivienda no se sabe con qué intenciones. Se comenta que si formaba parte de un juego o una apuesta. Lo cierto es que el móvil no ha podido ser aclarado, descartado por los investigadores, sin mayor justificación, el ánimo de lucro.
El punto culminante se produjo cuando, alertados los moradores por un ruido, se encontraron en el pasillo de su casa con el joven, el cual, tras un breve forcejeo, trató de ocultarse encerrándose en una habitación, que no llegó a poder cerrar del todo, recibiendo en la oscuridad de la noche, a través del espacio que había quedado abierto, varias puñaladas del morador, cuyo cuchillo le había facilitado su diligente esposa. No obstante, aunque herido, consiguió huir, para morir poco después en la calle.
Si damos por buena la información periodística, el caso tiene las siguientes singularidades: El fiscal no acusa, al considerar que concurren las eximentes completas de legítima defensa y miedo insuperable; y la acusación particular considera que se ha cometido un asesinato con alevosía y otro de omisión del deber de socorro.
Bien, es más que discutible la legítima defensa, pues aunque se dé el primer requisito de la agresión ilegítima (basta con la entrada indebida en el domicilio), no parece clara la proporcionalidad del medio empleado para “repeler” la agresión, máxime teniendo en cuenta que el joven intruso estaba desarmado y, una vez descubierto, sólo trataba de huir, por lo que el “ánimo de defensa” no está nada claro. Pero es que, además, en su intento de “abrirse” recibió varias puñaladas, y mortales.
Otra cosa es la posible existencia del “miedo insuperable”, que dadas las circunstancias, de admitirse, debiera ser como eximente incompleta o atenuante cualificada (pues no parece probada la concurrencia de una especie de enajenación mental transitoria), que podría rebajar la pena de homicidio hasta en dos grados, que como máximo supondrían 5 años de talego.
Respecto de la calificación como asesinato, por parte de la acusación particular, por darse la agravante cualificadora de la alevosía, parece como si el colega se hubiese pasado de frenada y, si encima le añade el delito de omisión del deber de socorro, es que debería hacérselo mirar, por la contradicción en sí misma de la doble acusación, pues no se puede exigir al que quiere matar que auxilie a su víctima.
En resumen, que sería más acertado acusar de homicidio con abuso de superioridad. ¿Entenderá el jurado la tenue diferencia entre la alevosía y el abuso de superioridad, que tanto les cuesta distinguir a ilustres juristas?
Por último, la omisión del deber de socorro, como sabe cualquier infame estudiante de tercero de Derecho, solo sería aplicable si se tratase de un homicidio por imprudencia.
En mi opinión, cuanto menos, se trataría de un homicidio preterintencional, o dicho en términos más actuales, un delito doloso de lesiones en concurso con un homicidio por imprudencia, con las citadas eximentes incompletas de legítima defensa y miedo insuperable.
En fin, como diría el llorado Torrente Ballester: “No puedo desear que ganen los buenos, ya que ignoro quiénes son”.

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