Opinión

Las injustas plusvalías municipales

Los Tribunales Superiores de Justicia han fallado de forma unánime y reiterada contra la aplicación de la Plusvalía Municipal en los últimos tiempos. La Justicia considera que este gravamen no puede aplicarse al no existir incremento de valor en los terrenos e inmuebles que se han comprado y vendido a lo largo de los últimos años.
Esta vía judicial beneficiaría a los contribuyentes que han pagado esta tasa a lo largo de la crisis que aun padecemos. Solamente entre 2010 y 2014, las Administraciones locales habrían cobrado 4.400 millones de euros por la aplicación de este tributo, por lo que el pronunciamiento del TSJ en autonomías como Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid o País Vasco no es, ni mucho menos, una cuestión menor.
De acuerdo con estas sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia, no hay hecho imponible susceptible de ser gravado, pues la transmisión de los activos inmobiliarios no ha venido rindiendo ningún beneficio, sino que se ha dado en un contexto de pérdidas motivado por la caída de los precios.
Una plusvalía municipal grava el incremento del valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto a consecuencia de la transmisión de los mismos por cualquier título. Aunque hay que decir que esta normativa parte de una premisa errónea que nos dice que en toda transmisión de bienes inmuebles se pone de manifiesto una plusvalía y que esta aumenta conforme lo hacen los años de posesión del inmueble, presuponiendo con ello un aumento de la capacidad económica del propietario por el mero trascurso del tiempo.
Si bien es cierto que durante gran parte de la trayectoria histórica del tributo difícilmente podía encontrarse un supuesto en el que un terreno no hubiera experimentado una revalorización en el tiempo desde se adquisición, lo cierto es que en el contexto económico que arrastramos desde hace siete años se ha producido un incontestable descenso en el valor de los inmuebles.
Y en este contexto actual resulta incomprensible la situación de dualidad que se produce entre la normativa fiscal y la realidad económica sobre la que se aplica en la medida que la evolución del valor de los bienes que configuran la base imponible del impuesto ha generado pérdidas desde el año 2007 hasta la actualidad. Con lo cual queda nítido que esta interpretación de la norma sin atender a las circunstancias económicas y sociales de nuestro entorno genera situaciones surrealistas en las que se gravan plusvalías inexistentes lo que conlleva a una clara sobreimposición.
Por lo tanto se desprende que se produce una contradicción al no existir un incremento real del valor de la propiedad por las diferencias entre el valor de transmisión y adquisición que se encuentra reflejado en la aplicación de un porcentaje al valor catastral del suelo, lo que supone gravar plusvalías inexistentes.
En definitiva, que una vez más nos exprimen como limones y de forma injusta y una vez más tiene que ser nuestro lento pero solido sistema judicial quien defienda los intereses generales, lo cual me lleva a preguntarme para que realmente nos sirven los gestores de lo público, para mirar por el bien de los contribuyentes y del interés general de la sociedad?. Pues a la vista está que no.
 

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