Opinión

Anulación de las cláusulas suelo

Anular las cláusulas suelo de las hipotecas es de justicia social y de igualdad de oportunidades a familias, autónomos, profesionales y empresas. La misma oportunidad que se le dio a nuestro sistema financiero y a la banca a través del Estado, y a través del FROB, que ha aportado ayudas financieras a la banca española en forma de capital por un total de 53.553 millones de euros. Y si se tienen en cuenta las aportaciones realizadas por el sector a través del Fondo de Garantía de Depósitos, que asciende a 7.942 millones, el rescate bancario alcanza los 61.495 millones. La cifra es muy elevada, casi tanto como el impacto de lo que aún no se ha podido recuperar, ya que solo 2.666 millones de euros han vuelto al Estado, un 4,9% del total aportado por el FROB, y así lo dicen los informes del Banco de España.
A día de hoy 213.195 familias en Galicia tienen hipoteca en vivienda habitual y 27.929 en segunda vivienda y una buena parte de ellas aún tienen cláusulas suelo que les impide, que con un Euribor cotizando en mínimos históricos, la letra de sus hipotecas disminuya aligerando de esta forma las maltrechas economías familiares y empresariales.
En los últimos años y desde el conocimiento en mi sector económico, he defendido que se establecieran modificaciones en la actual ley hipotecaria, así como la implantación de la dación en pago con carácter retroactivo al año 2007, porque constatábamos en el ejercicio de nuestra profesión tremendas injusticias que se estaban cometiendo al amparo de una ley desfasada y que no respondía, ni responde aún, a la sangrante actualidad económica y social que vivimos, sin que a día de hoy el ejecutivo de la nación haya recogido el guante de un clamoroso problema social.
Decir que tendría que ser el propio Banco de España el que solicitase la anulación de la cláusula suelo y techo en las hipotecas. Estas cláusulas deberían prohibirse en futuros contratos y eliminarse en todos los demás.
Las entidades financieras se niegan, hasta ahora, a eliminar las cláusulas suelo de las hipotecas de empresarios y profesionales alegando que la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 que les obliga a hacerlo está dirigida únicamente a consumidores y usuarios. Sin embargo, desde mi colectivo empresarial, defendemos que la decisión del Supremo señala que la reclamación podía ser realizada tanto por consumidores y usuarios como por profesionales y/o empresas, sin importar el bien sobre el que recayera el préstamo. En definitiva el 26 de este mes el Tribunal de Luxemburgo se pronunciara y nos dirá, entre otras cuestiones, si la retroactividad debe ser total, no solo hasta mayo de 2013, como estableció el Supremo en su condena de BBVA, Novagalicia (Abanca) y Cajamar. En esa trascendental fecha se produce la vista del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo y el TJUE se ha de pronunciar sobre si la limitación a los efectos de la nulidad aplicados por el TS se ajusta a la normativa europea, es decir, si cuando una cláusula suelo es considerada abusiva por un tribunal, los intereses pagados de más se computan desde mayo de 2013 o como establece nuestro artículo 1.303 del Código Civil, desde la firma de la hipoteca.
Se dirá, en definitiva, si se pone fin a tanto despropósito bancario y la justicia vuelve a ser la última línea de defensa de la ciudadanía ante el abuso de poder de un sistema financiero que siempre ha campado a sus anchas.
 

Te puede interesar