última actualización: 21:29
Una modificación de la Ley portuguesa sobre el Código del Impuesto sobre Vehículos permitirá a los españoles que se desplazan a Portugal para trabajar, conducir por el país vecino sin riesgo de ser multados por el hecho de que la matrícula de su vehículo sea española. Estos conductores deberán llevar una guía de la circulación, que pueden solicitar a la Dirección General de Aduanas. El colectivo de profesionales sanitarios en el que hay muchos ourensanos se muestra satisfecho con la medida.
Los ourensanos -como el resto de los españoles- que trabajen en Portugal ya pueden circular con su vehículo por las carreteras lusas sin riesgo de ser multados y de que su vehículo pueda ser paralizado por el hecho de llevar matrícula española. Ello es posible gracias a la alteración de la Ley sobre el Código del Impuesto sobre Vehículos, que ya ha sido publicado por el Gobierno portugués en el Diario de la República. Termina de esta forma una situación que afectaba de forma muy especial a médicos y enfermeros de la provincia y otras zonas transfronterizas que acudían diariamente a su trabajo en Portugal.
No obstante, estos trabajadores deberán llevar en sus vehículos la denominada Guía de Circulación, según explicaba ayer la Asociación de Profesionales de la Salud Españoles en Portugal (APSEP). Esta agrupación considera que la ley, que no contempla todas sus reivindicaciones, sí contiene ‘importantes modificaciones’ que, a su juicio, ‘reconocen la incoherencia de la legislación anterior’. Del mismo modo, entiende que, de alguna manera, ‘facilita la circulación de todos los trabajadores españoles en el país vecino’.
Novedades
La principal novedad de esta ley es la alteración del artículo 34 de la anterior normativa, según la cual los trabajadores transfronterizos que residan en España y se desplacen regularmente en trayecto de ida y vuelta entre su residencia y el lugar de trabajo en Portugal, se beneficiarán del régimen de admisión temporal de vehículos para circular por Portugal mediante la concesión de una guía. Además, si la GNR sorprende al conductor sin esta guía, los agentes no podrán inmovilizar el vehículo y se le concederán 10 días hábiles para su presentación. La guía de la circulación se puede solicitar en la Dirección General de Aduanas.