b1Atlántico Diario de la A a la Zb2Buscar en Atlántico Diariob3
Galerías
Encuestas
¿Cree que se construirá el Auditorio de Beiramar?
  
SI
  
NO

RSS, OPML y ATOM
RSS 2.0 RSS 1.0 RSS 0.91 ATOM 0.3 OPML
Agregadores
technorati Google

Los feeds de RSS, Atom y OPML permiten importar de forma automática el contenido de Atlántico Diario. Pulsa para obtener el código XML. Bastará copiar la URL generada al navegador, programa o sitio web de destino.

Los agregadores de Technorati y Google te permitirán incluir la página en los favoritos online de estos servicios y compar- tirlos con otros usuarios.

Portugal pone fin por ley a las multas de tráfico que sufrían los trabajadores españoles

Los conductores deberán llevar una guía de la circulación, solicitada a la Dirección General de Aduanas
Tiempo estimado de lectura: 2 min 30 seg Comentarios: 0 Enviar a redes sociales Imprimir el artículo Agregar a favoritos Descargar en PDF Enviar por correo Texto normal Texto grande
REDACCIÓN - Vigo - 29-08-2008

Una modificación de la Ley portuguesa sobre el Código del Impuesto sobre Vehículos permitirá a los españoles que se desplazan a Portugal para trabajar, conducir por el país vecino sin riesgo de ser multados por el hecho de que la matrícula de su vehículo sea española. Estos conductores deberán llevar una guía de la circulación, que pueden solicitar a la Dirección General de Aduanas. El colectivo de profesionales sanitarios en el que hay muchos ourensanos se muestra satisfecho con la medida.

Los ourensanos -como el resto de los españoles- que trabajen en Portugal ya pueden circular con su vehículo por las carreteras lusas sin riesgo de ser multados y de que su vehículo pueda ser paralizado por el hecho de llevar matrícula española. Ello es posible gracias a la alteración de la Ley sobre el Código del Impuesto sobre Vehículos, que ya ha sido publicado por el Gobierno portugués en el Diario de la República. Termina de esta forma una situación que afectaba de forma muy especial a médicos y enfermeros de la provincia y otras zonas transfronterizas que acudían diariamente a su trabajo en Portugal.

No obstante, estos trabajadores deberán llevar en sus vehículos la denominada Guía de Circulación, según explicaba ayer la Asociación de Profesionales de la Salud Españoles en Portugal (APSEP). Esta agrupación considera que la ley, que no contempla todas sus reivindicaciones, sí contiene ‘importantes modificaciones’ que, a su juicio, ‘reconocen la incoherencia de la legislación anterior’. Del mismo modo, entiende que, de alguna manera, ‘facilita la circulación de todos los trabajadores españoles en el país vecino’.

Novedades

La principal novedad de esta ley es la alteración del artículo 34 de la anterior normativa, según la cual los trabajadores transfronterizos que residan en España y se desplacen regularmente en trayecto de ida y vuelta entre su residencia y el lugar de trabajo en Portugal, se beneficiarán del régimen de admisión temporal de vehículos para circular por Portugal mediante la concesión de una guía. Además, si la GNR sorprende al conductor sin esta guía, los agentes no podrán inmovilizar el vehículo y se le concederán 10 días hábiles para su presentación. La guía de la circulación se puede solicitar en la Dirección General de Aduanas.



REQUISITOS

Presentar certificados y documentos Para obtener la guía de la circulación, es necesario presentar una declaración del cumplimiento de los requisitos contemplados en la Ley, es decir, que se reside en España y se trabaja en Portugal, además de presentar del documento nacional de identidad español, el número de identificación fiscal portugués, un certificado de residencia,un certificado laboral y los datos del vehículo.

La Asociación de Profesionales de la Salud Españoles en Portugal se muestra ‘satisfecha’ por lo que considera ‘un importante avance en la legislación’, que ‘se acerca un poco a las normativas europeas y a la lógica y coherencia del espíritu europeo. Vemos así recompensados parcialmente todos nuestros esfuerzos’, explica la asociación, que se movilizó para acabar con las sanciones.





Tiempo estimado de lectura: 2 min 30 seg Comentarios: 0 Enviar a redes sociales Imprimir el artículo Agregar a favoritos Descargar en PDF Enviar por correo Texto normal Texto grande
Leído 222 veces / Comentarios: 0
Comentarios
Escribe tu comentario


Nombre:
Correo electrónico:
Comentario:

Para citar otro comentario escribe # y el número del comentario (sin espacio entre ambos), por ejemplo #1.
ATENCIÓN: Al enviar un comentario se acepta las condiciones de uso