Opinión

Un simple apretón de manos

Pues, dilecta leyente, dos casos que pasaron por el despacho me han fundido el yelmo, el primero fue un caso electrizante:
-Vivo en un pueblo electrónico- me escopetó el nuevo cliente.
-¿Me lo puede explicar?
-Pues que la tarifa eléctrica es descomunal. No voy a poder pagarle.
-Pues me deja usted a dos velas- repliqué un tanto indignado.
A pesar de todo  le llevé el caso. Se trataba de una acusación de “Defraudación del fluido eléctrico”.
Después de atenderle debidamente, me fui a comer a mi tasca favorita y encargué un buen chuletón, pero sin ninguna especia, maticé. Ya venía yo demasiado electrizado. El camarero, arqueando una ceja, al estilo Sobera, comentó: “¡Un mal día, abogado!”.
En el segundo, intervenía  en un juicio por un delito de estafa del que se acusaba a mi defendido, un buen hombre, excesivamente confiado, de esos que aún creen que los acuerdos se sellan con un simple apretón de manos y que aún existe el juramento decisorio
La acusación se basaba  en que D. Antonio, así se llamaba mi cliente, se negaba a abonar el BMW que conducía y que le había sido entregado sin fianza alguna, por “aparentar” ser un empresario solvente. Infelizmente me encontré con la inadmisión de la persona con la que contaba para testificar que el pago se había realizado en mano, por lo que el fallo fue de condena, y en mi mente, además de un sentimiento de frustración, sonó un ultrasonido como el silencio de no hacer caja. Recurriré, me dije, y parodiando a Cervantes “Y luego, incontinente, calé el chapeo, requerí la espada, miré al soslayo, fuime, y no hubo nada”.
Y uno echa de menos aquellos tiempos del juramento decisorio, una de las más antiguas pruebas, sino la más antigua, que era utilizada en los procesos civiles con respecto a cualquier clase de pleito de esta materia, consistiendo en que una de las partes,  podrían solicitar a la otra que jurase la existencia o no de la deuda o la paga dela misma y dependiendo de lo que la parte expuesta al juramento, jurase, determinaría entonces lo que el juez decidiría,  dando fin al proceso.  
El honor, la reputación, la integridad y la palabra  de la parte que juraba eran evidencias para la parte solicitante del juramento,,  ya que se presumía que quien juraría, diría la verdad y el caso se resolviese en base al juramento, concluyendo el proceso.
Claro que esta figura se encontraba arraigada a las creencias religiosas, ya que el juramento se realizaba ante Dios y la autoridad que atendiese la controversia. Hoy con tanto embustero, habría que ser muy ingenuo para recurrir a tal prueba.
 

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