CRIMEN DE A DOBLADA

El jurado declara culpable al marido, que será internado

Alberto J.V,.G ayer en la lectura del veredicto que le consideró culpable de homicidio.
photo_camera Alberto J.V,.G ayer en la lectura del veredicto que le consideró culpable de homicidio.

El veredicto de homicidio por tirar por la ventana a su mujer incluye una eximente por enajenación. Se le considera un peligro para la sociedad. Irá a un psiquiátrico

 Los nueve miembros del jurado popular declararon culpable a Alberto J.V.G. de tirar a su mujer por la ventana en A Doblada en octubre de 2015, a resultas de lo que falleció, pero por unanimidad  aceptaron la tesis del fiscal y le eximieron de responsabilidad alegando enajenación mental.  
La declaración de los testigos, el estado de la ventana y las lesiones de la víctima así como sus palabras antes de morir -"foi o meu home"- han sido suficientes para corroborar la autoría del hombre en el crimen. Así lo cree el tribunal popular que considera que fue un homicidio y no asesinato -se exige alevosía o ensañamiento- y de cuya responsabilidad penal se le exime al entender que actuó bajo una ideación delirante. Así, aprobaron de forma unánime que no hay pruebas de ensañamiento. No obstante entiende el jurado que el acusado es un peligro para la sociedad porque su patología no tiene cura. El jurado también descartó como agravante que fuera la mujer una persona desvalida por padecer artrosis. Tras conocerse el veredicto, las partes realizaron sus peticiones de penas. El fiscal pidió internamiento por máximo de 15 años y una indemnización de 90.000 euros. La acusación se sumó a dicha petición pero elevo la responsabilidad civil 150,000 euros.  La defensa solicitó la libre absolución ante la eximente completa y en todo caso el internamiento en un centro psiquiátrico en Valladolid cerca de su familia. Ahora será el tribunal el que dictará la sentencia y todo apunta a que la pena final será el internamiento en un psiquiátrico por un máximo de 15 años. 
Según establece la Ley del Jurado, son necesarios siete votos para determinar la culpabilidad del acusado y cinco votos para declarar su inculpabilidad. Las respuestas deben estar argumentadas a partir de pruebas y testificales y, sin mayoría, se considerará que no hay veredicto.

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