ANULACIÓN DEL PLAN DE URBANISMO

Inversiones y proyectos millonarios paralizados y vuelta al Plan de 1993

El estadio de Balaídos también podría tener problemas para la ampliación y reforma de sus gradas.
photo_camera El estadio de Balaídos también podría tener problemas para la ampliación y reforma de sus gradas.

Las consecuencias de la sentencia del Tribunal Supremo alcanzan a las propuestas en marcha y de futuro

La factura de la sentencia del Tribunal Supremo va a resultar muy onerosa para Vigo. Supondrá, de entrada, que inversiones comprometidas por las administraciones (Zona Franca o Xunta sobre todo) se quedan paralizadas al afectar al desarrollo de figuras urbanísticas, como la ampliación de polígonos industriales (Balaídos para PSA o Tecnológico) o dotaciones judiciales (Ciudad de la Justicia) incluidas en el Plan de 2008 anulado. Otras actuaciones relevantes son las nuevas fases del polígono de Navia (que tendría que desarrollar la  Xunta, hay presupuesto), la estación intermodal (también de la Xunta), y urbanizaciones de promoción privada que no se han iniciado pese a contar con proyectos aprobados, como plaza de España, Barrio do Cura, Samil-2, Cabo Estai y sobre todo Porto Cabral. El Concello tampoco podrá iniciar el llamado Plan del Ensanche, derivado del PGOM, que contempla la protección de 900 edificios. No obstante, en todos estos casos las tramitaciones podrían seguir adelante, aunque sin poder culminar hasta que el Plan de Vigo sea de nuevo legal.
Desde ahora, Vigo vuelve a tener en vigor el caduco Plan General de 1993, en realidad una adaptación de otro todavía anterior, de un Vigo propio del desarrollismo, que provocó una enorme inseguridad jurídica, lo que obligó a redactar uno nuevo, partiendo de cero. 
Por tanto, sólo las actuaciones incluidas hace 22 años podrían tener licencia ahora, y las que no aparezcan quedarán paralizadas en tanto no se corrige la deficiencia que anuló el PGOM de 2008. No será fácil: los jurídicos consideran que hay que reiniciar todo el proceso para hacer el estudio de evaluación ambiental exigido por la ley de 2006. Todo ello, según coincidieron responsables de Urbanismo puede llevar al menos dos años, o incluso más, en función de las modificaciones que haya que introducir y la rapidez con que se ventilen los trámites ante las administraciones. Es probable que conlleve incluso un nuevo proceso de información pública, lo que a su vez abriría la posibilidad de presentar alegaciones, de contestarlas, etc. La evaluación ambiental la encarga el Concello pero debe ser validada por la Xunta.
En cuanto a las licencias concedidas según el PGOM, en principio están a salvo, al menos las que tengan dos años, pero no así las actuaciones sin iniciarse. Casi todas.
Al respecto, Javier Rivas, gerente de urbanismo con BNG y PP y máximo responsable municipal  de la gestión del Plan de 2008 destacó que las licencias e instrumentos no fueron impugnados y son firmes, y que el fallo del Supremo no a afecta a los elementos de ejecución que hayan sido aprobados. Respecto del resto, la anulación  supone recuperar las licencias del Plan de 1993. "Así estábamos hasta 2008. No es la situación ideal pero ya la conocemos y hemos vivido durante mucho tiempo", explicó. Insistió en que el PGOM contempla medidas ambientales suficientes y que ahora se trata de recuperar lo antes posible la normalidad. "Hasta ahora todos los pronunciamientos judiciales han validado sus determinaciones, así que salvo que se pretenda cuestionar el modelo y entrar en el proceso de revisar el planeamiento en su conjunto, hay soluciones, hay gente competente en el ayuntamiento. Hay que tener la cabeza fría y hacer un buen diagnóstico", añadió Javier Rivas, quien cree que es un problema para todos y no es partidario de hacer modificaciones al Plan de 1993: "No creo que la solución más rápida", añadió. 
Sobre la sentencia, advierte de que la ley que exige la evaluación ambiental entró en vigor el 30 de abril de 2006 y 18 días después iba a pleno el PGOM a aprobación provisional.  "En junio, la Consellería de Medio Ambiente nos dijo que hay que solicitar la declaración de inviabilidad de aplicación de la norma y eso hicimos ese mismo  mes". Pero luego pasaron dos años hasta la aprobación definitiva, lo que ha condenado el TS.  

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