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Vigo abre la vía a la devolución de multas por error en el radar

Cientos de conductores podrían estar afectados por sanciones de radares sin aplicar el margen de error.
photo_camera Cientos de conductores podrían estar afectados por sanciones de radares sin aplicar el margen de error.

El criterio utilizado en una sentencia contra Tráfico, ejemplo para otros litigios similares

n n n La reciente condena a Tráfico  por parte de un juzgado de lo Contencioso de Pontevedra que obliga a devolver parte de la multa a un conductor por no aplicar el margen de error fija los criterios que deben utilizarse para litigios similares en Galicia. Este fallo, de fecha 22 de enero, viene a sumarse al dictado meses antes por el juzgado de lo Contencioso 2 de Vigo, publicado por este diario, que  rebajó la multa a un conductor por exceso de velocidad de 300 a 100 euros y anuló la detracción de dos puntos del carné.
Las dos sentencias de Vigo y Pontevedra se suman a las dictadas en una veintena de juzgados españoles y que han sido tomadas como referencia para los conductores que llevan años tratando de que se corrijan sanciones que podrían ser injustificadas. 
Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que cita estos dos fallos, es uno de los colectivos que lleva desde 2010 denunciando esta situación. El colectivo indica que desde ese año Tráfico ha impuesto más de un millón de multas con importes y detracciones de multas superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial.
El fallo judicial tanto de Vigo como el dictado ahora por Pontevedra reconoce que el cinemómetro no realiza una medición exacta de la velocidad de un vehículo por lo que el criterio que debería seguirse  es el de corregirse en cada caso la velocidad detectada por el radar, aplicando a la baja el índice máximo de error admisible.  En concreto, si la velocidad del vehículo detectada por el radar es igual o inferior a 100 km/h, deben restársele 5 km/h si la medición la realizó en posición estática o 7 km/h si la efectuó desde vehículo en movimiento. Y si la velocidad supera los 100 km/h se aplicarán, respectivamente, los porcentajes del 5 o del 7%, especifica el colectivo de automovilistas.
Con la aplicación de este margen se corregirían sanciones que en algunos casos no deberían haberse impuesto y que son las que están llegando a los juzgados.
Junto a Vigo y Pontevedra, juzgados de  otras ciudades como Madrid, Pamplona, Barcelona, Bilbao Alicante, San Sebastián o Sevilla, entre otros, han dado la razón a los conductores, condenado a Tráfico a devolver la multa y los puntos retirados tras las sanciones impuestas por exceso de velocidad.
Para AEA, la reciente resolución de Pontevedra, avala los argumentos que el colectivo lleva aplicando con éxito en más de un centenar de resoluciones.n

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