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Ratifican la condena al conductor que causó un accidente mortal en Gondomar

El conductor, durante el juicio celebrado el pasado año en el Penal.
photo_camera El conductor, durante el juicio celebrado el pasado año en el Penal.

La sección quinta de la Audiencia en Vigo ha ratificado la condena de tres años de cárcel y cinco sin carné para el joven de 24 años que causó un accidente de tráfico en Gondomar en 2016, en el que murió un amigo y otros tres resultaron heridos graves.


La sentencia de la sala desestima el recurso interpuesto por Brais V.N. y admite parcialmente el de la compañía de seguros reduciendo en un 10% la indemnización por fallecimiento concedida a la pareja de la víctima y que ascendía a 109.719 euros.
El accidente se produjo a las 7,13 horas de la mañana del 18 de septiembre de 2016 en la PO 340 de Ramallosa a Gondomar. El vehículo conducido por el acusado y en el que viajaban otras cuatro personas tenía las ruedas en mal estado de conversación. Los hechos probados que han sido confirmados por la Audiencia añaden que el conductor había ingerido bebidas alcohólicas y que, tras rebasar la rotonda que regula la intersección de la carretera con la AG57, en una recta de unos 700 metros, aceleró el vehículo hasta alcanzar al menos los 199 kilómetros por hora. 
A esa velocidad, perdió el control y acabó golpeando contra un muro. Debido al impacto, uno de los jóvenes salió despedido y debido a sus lesiones falleció.
El conductor alegaba que no se había valorado el hecho de que el fallecido y los ocupantes de atrás no llevaran el cinturón  a la hora de fijar la pena, así como el hecho del estado de los neumáticos, el reconocimiento de los hechos y las dilaciones indebidas. Para la sala, la  muerte de uno de los jóvenes y las lesiones de los otros tres fue “la forma temeraria de conducir” y no el hecho de que los tres ocupantes de atrás no llevaran el cinturón. Respecto al reconocimiento de los hechos como atenuante, entiende que el hecho de admitir que llevaba el vehículo es un hecho incontestable pues fue excarcelado en esa posición. Añade que respecto a su responsabilidad en el siniestro, asegura que iba a unos 70 o 80 km/h, negando que alguien en el vehículo le dijera que iba muy rápido o que redujese al velocidad. Tampoco tiene en cuenta la reparación del daño al no haber realizado el acusado ningún pago sino la compañía aseguradora.

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