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El líder ‘migueliano’ sale de prisión a la espera de sentencia

Miguel Rosendo, al abandonar ayer la prisión de Teixeiro.
photo_camera Miguel Rosendo, al abandonar ayer la prisión de Teixeiro.

Quedó en libertad provisional a la espera de sentencia tras cuatro años en prisión preventiva 

A las diez y media de la mañana, el abogado de Miguel Rosendo, el fundador de la Orden y Mandato de San Miguel, recibía un auto de la sección cuarta de la Audiencia en Pontevedra decretando la puesta en libertad de su cliente al estar “próximo a transcurrir el plazo máximo” de estancia en prisión provisional. Rosendo fue detenido en 2014 y enviado a la cárcel, primero a A Lama y después a  Teixeiro, tras haberse prorrogado su estancia en 2016 por otros dos años a la espera de ser juzgado por más de una veintena de delitos, entre los que se encuentran el de asociación ilícita, abusos sexuales, agresión sexual y contra la integridad moral. Finalizada la vista, hace una semana y antes de expirar el plazo máximo de estancia en  prisión preventiva de cuatro años (el próximo 10 de diciembre), la Audiencia acordó su puesta en libertad sin fianza, algo que la defensa había solicitado al finalizar el juicio.  El tribunal  impone al acusado medidas cautelares mientras no haya sentencia, entre ellas la de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado, comunicar su domicilio y los cambios que en él se produzcan y la prohibición de no abandonar el territorio nacional.
En cuanto a esta última medida, no se especifica la entrega del pasaporte si bien fuentes fiscales aseguraron que lo lleva implícito.

El auto, que le fue notificado por un agente judicial en el propio penal,  se hacía efectivo poco antes de las seis de la  tarde, momento en el que Rosendo,  que se enfrenta a 66 años de cárcel, abandonaba Teixeiro para trasladarse directamente a Madrid. 
La orden dictada por la Audiencia de Pontevedra no es firme por lo que permite a las partes personadas recurrir la decisión de la puesta en libertad del principal acusado de haber creado una supuesta secta religiosa. Tanto Fiscalía como acusación particular confirmaron que no presentarán recurso de súplica puesto que faltan muy pocos días para que se cumpla el límite máximo previsto para las prisión provisional. 
Así, aseguraron que no tiene ninguna utilidad porque los cuatro años ya se han cumplido en su totalidad.  Sobre el hecho de que la puesta en libertad se haya autorizado días antes del cumplimiento de los cuatro años,  no hubo pronunciamientos. 
La abogada de la acusación particular, que representa a los afectados, coincidió en que la sentencia es muy “compleja, porque no existe jurisprudencia al respecto” y que hayan puesto en libertad a Miguel Rosendo responde al cumplimiento máximo de los cuatro años sin entrar a valorar cualquier otro significado que sería elucubrar,  aseguraron desde Fiscalía.

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