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El juez inicia la liquidación de la concesionaria del Auditorio

El Auditorio de Beiramar estaba gestionado por la sociedad Pazo de Congresos SA.
photo_camera El Auditorio de Beiramar estaba gestionado por la sociedad Pazo de Congresos SA.

Un auto pone punto final a la concesionaria y abre un proceso que implica al Concello, titular del edificio 

nnn El Juzgado de lo Mercantil número 3 de la provincia, con sede en Vigo, dictó un auto en el que acuerda abrir la fase de liquidación en el concurso de la sociedad concesionaria Pazo de Congresos de Vigo SA, que gestiona el Auditorio de Beiramar. No ha sido una sorpresa, ya que se esperaba desde hace meses. Pazo de Congresos está integrada por empresas como Sacyr o Abanca, entre otras y en el pasado ya advirtió sobre sus problemas. El Concello amplió en 25 años la concesión, alquiló para la UNED una planta entera y dio 5 millones de euros para que la cuenta de resultados mejorara. Pese a la liquidación, el Auditorio continuará funcionando aunque se abrirá un plazo por el que la concesionaria podrá reclamar al Concello. Y éste, por su lado, podrá quedarse con el edificio -tras abonar la indemnización- o sacar a concurso otra gestión. Así pues, se declara resuelto lo relativo al contrato concesional formalizado entre el Ayuntamiento y la sociedad en mayo de 2006. Con ello se ordena el cese total de la actividad en relación con dicho contrato, poniendo a disposición del órgano la infraestructura a que esté obligado contractualmente, con las consecuencias concursales relativas al reconocimiento, calificación y clasificación crediticia.
El juez deja sin efecto la fase de convenio y quedan en suspenso durante la liquidación las facultades de administración y disposición de los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal aunque se da un límite hasta el 31 de marzo de 2018.
En el auto se dispone dejar sin efecto el señalamiento de junta de acreedores, además de disolver la concursada Pazo de Congresos de Vigo. También se contempla declarar el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones, así como anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado. Asimismo, se acuerda inscribir en los registros y conceder un plazo de quince días para que la administración concursal presente un plan para la realización de los bienes y derechos de la masa activa del concursado. 

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