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El juez impide la ocupación del gran aparthotel de Samil

El aparthotel de Samil, cerrado hasta que logre nueva licencia municipal.
photo_camera El aparthotel de Samil, cerrado hasta que logre nueva licencia municipal.

Rechaza el recurso de los propietarios y mantiene el veto hasta la adaptación del edificio

El juez de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vigo dictó sentencia rechazando el recurso presentado por la asociación de vecinos de Samil de los números 61-63, donde se encuentra el gran aparthotel, en el que reclamaban anular una resolución de Urbanismo de Vigo. 
En dicho acuerdo municipal impugnado se prohibía el uso del edificio de Samil por las personas que aparecen como propietarias hasta que se hubieran realizado las obras de adaptación e instalaciones autorizadas-incluyendo el aparcamiento en los dos sótanos y los depósitos de gas en una construcción anexa- y logrado la correspondiente licencia urbanística de puesta en funcionamiento. 
El complejo a nombre de Promociones M Casal Carreiro había conseguido licencia de construcción en 1994 para un aparthotel, pero una sentencia de 2002 del Tribunal Supremo anuló el permiso y abría la puerta a su demolición.
No obstante, tras la aprobación del Plan General de 2008, el gobierno local concedió una nueva licencia, en diciembre de 2012, autorizando la legalización siempre que se adaptara el bloque la actividad de establecimiento terciario-hotelero, los denominados “apartamentos turísticos de dos llaves”. 
Más tarde, en 2014, la Administración local emitió en septiembre una resolución a través de la Gerencia de Urbanismo ordenando el cese del uso del edificio en tanto no se hubieran realizado las obras de adaptación a su función de apartamentos de veraneo.
La resolución fue impugnada en los tribunales por la asociación de vecinos propietarios de ambos portales, con resultado negativo, ya que el juez ha mantenido en su fallo la postura municipal, que es también la del demandante hace años, el exconselleiro Pablo Javier Padín, quien se opuso a la construcción del bloque e impugnó con éxito la licencia concedida en 1994.
En sus consideraciones, el magistrado advierte de que la Administración municipal comprobó que varios pisos del complejo estaban siendo utilizados pese a carecer de la licencia de funcionamiento, por lo que reaccionó de la manera contemplada en el ordenamiento jurídico: ordenando el cese de ese uso. 
Añade que en el informe municipal de julio de 2013 se patentiza que en los proyectos que sirvieron de base para la licencia municipal de 2012 no aparecían recogida la construcción de planta baja para depósitos de gas ni otras auxiliares.
Y sentencia el juez de lo Contencioso que el cierre de todas las instalaciones del aparthotel, incluyendo los depósitos de gas y los aparcamientos es "ajustado a Derecho".  Las costas procesales al Concello y a Padín se imponen a la parte demandante. 

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