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Absuelven a los responsables de Moto Pasión de fraude fiscal

Antiguas instalaciones de Moto Pasión, que fue el concesionario más grande de Galicia.
photo_camera Antiguas instalaciones de Moto Pasión, que fue el concesionario más grande de Galicia.

La jueza falla en la sentencia que no se acredita que los empresarios acusados estuvieran en connivencia con las supuestas empresas "trucha", que no abonaron el IVA

n n n Los responsables de Moto Pasión Vigo han sido absueltos del delito de fraude fiscal por la titular del Juzgado de los Penal número 3 de Vigo y quedan eximidos de la pena de 9 años de prisión e indemnizaciones. La jueza dictamina que no queda acreditado "que las operaciones de la entidad en sus relaciones comerciales con Miguel Esperilla no fueran reales y obedecieran a la finalidad de desfraudar el impuesto del IVA". Moto Pasión Vigo fue en su momento el mayor concesionario de motocicletas de Galicia.
Los empresarios Ángel Suárez Ramilo y José Antonio Gómez Souto se enfrentaban a cuatro delitos contra la Hacienda Pública cometidos en el 2005 y 2006 y que tuvo como resultado el impago de 5,6 millones de euros en concepto del impuesto del IVA.
La Fiscalía y el abogado del Estado acusaron a los empresarios de haber montado una red de sociedades "pantallas o trucha" para defraudar, pero la magistrada ve falta de pruebas para demostrar la tesis.
La titular no pone en duda en la sentencia el inclumplimiento que Ferrer Esperilla, proveedor de motocicletas a Moto Pasión, sobre sus obligaciones fiscales en lo relativo a la declaración e ingreso del IVA, pero indica que el Ministerio Fiscal no pudo demostrar en sus informes que existiera connivencia entre Suárez Ramilo y Ferrer Esperilla para defraudar a través de una empresa "trucha", y califica las pruebas presentadas de "insuficientes". Este último se encuentra en situación de rebeldía procesal, esto es, que no se ha presentado en el proceso judicial.
La sentencia muestra que Moto Pasión Vigo, en los años 2005 y 2006, presentó sendas liquidaciones a devolver del impuesto del valor añadido. Este debería haber sido abonado por Esperilla, que realizaba operaciones comerciales intracomunitarias. Se entiende así que Suárez Ramilo no podía estar al tanto de si Esperilla pagaba o no. La magistrada alega, pues, que "Movapi y Ferrer Esperilla presentan declaraciones divergentes, lo que caería fuera de toda lógica racional si considerásemos que estaban en connivencia para el fraude".n

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