Galicia

El instructor rechaza archivar la causa del accidente del Alvia

Un Alvia pasa bajo el paso elevado de Angrois, que luce ofrendas florales por las víctimas.
photo_camera Un Alvia pasa bajo el paso elevado de Angrois, que luce ofrendas florales por las víctimas.

Lago Louro pide a la Agencia Europea del Ferrocarril aclaraciones sobre la evaluación de riesgos

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago acordó "que no procede el sobreseimiento de la causa" sobre el accidente del tren Alvia que descarriló el 24 de julio de 2013 en Angrois con 80 víctimas mortales. El sobreseimiento había sido pedido por la representación procesal de ADIF y el director de Seguridad en la Circulación de este órgano en la fecha de puesta en funcionamiento de la línea Compostela-Ourense, Andrés Cortabitarte.


El juez Andrés Lago Louro dictó un auto, divulgado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en el que se refiere a un auto anterior, con fecha de marzo, en el que se cita como investigado a Cortabitarte. El magistrado entiende que "la petición de sobreseimiento de la causa resulta procesalmente inviable, pues no se ha practicado desde entonces diligencia alguna que contradiga o desvirtúe lo expuesto en la mentada resolución judicial".


Decidió también que se proceda a la ratificación de los informes periciales complementarios presentados por dos de los peritos judiciales, ya que entiende que "se hace necesario someter a la contradicción de las partes los respectivos informes elaborados por sendos peritos dada la discrepancia evidente mostrada por ambos en lo que respecta a la exigencia -normativa técnica- de realizar una evaluación integral de riesgos de la línea". Para llevar a cabo dicha ratificación de informes entregados el pasado mes de enero, el instructor citó para el próximo 27 de julio a los peritos Juan Carlos Carballeira y César Mariñas.
Se acuerda, por último, recabar informe de la Agencia Europea del Ferrocarril, trámite en el que se solicita que se aclare "qué ha de entenderse, según la normativa comunitaria aplicable, y en estrictos términos de seguridad ferroviaria, por Evaluación Integral de Riesgo", se especifica. Además, pide que dicha entidad informe sobre si era técnicamente necesaria una evaluación integral de riesgo que tuviera en cuenta la situación de peligro "concretamente existente en la curva en la que se produjo el accidente objeto de investigación", y ello tanto con carácter previo a la puesta en servicio de dicha línea en el año 2011 como con posterioridad en caso de sobrevenir durante su explotación algún "cambio significativo".


En este sentido, se pide también que se manifieste sobre si la construcción de una nueva línea de alta velocidad o la modificación de un proyecto inicial en cuya virtud se sustituye un sistema de supervisión continua de la conducción (Ertms) por un sistema de apoyo o respaldo a la conducción (Asfa Digital) merece la consideración de "cambio significativo".

La respuesta ya se conoce
Las víctimas del accidentevaloraron que el instructor  de la causa pregunde "directamente" a la citada agencia, si el análisis de riesgo integral era obligatorio en la línea Ourense-Santiago. Con todo, recuerdan que "la respuesta ya se conoce", pues la dio Christopher Carr, el jefe de la unidad de seguridad de la agencia, el 17 de noviembre. Una respuesta que consta en el sumario pues la asociación la aportó al juez a principios de este abril, y que fue contundente al dictaminar que sí es obligatorio el análisis de la peligrosidad integral. 

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