La defensa de la 'grapo' que atentó en la ETT de Vigo pide su absolución por no ser admisible juzgarla tras una década

El fiscal pide confirmar la condena a 15 años de prisión para Gemma Belén Rodríguez
La defensa de la miembro de los GRAPO Gemma Belén Rodríguez Miguel ha solicitado su absolución al Tribunal Supremo en una vista pública en la que se ha preguntado si el Estado de Derecho puede 'admitir' que una persona sea juzgada más de una década después de la comisión de los hechos.

El paso del tiempo ha tenido consecuencias en la propia celebración del juicio, en el que la testigo que incriminó a su cliente dijo no recordar nada al haber transcurrido 11 años desde la comisión de los hechos. Rodríguez Miguel fue identificada como la persona que colocó una bomba en una empresa de trabajo temporal (ETT) de Vigo que explotó el 27 de septiembre de 2000.

El alto tribunal ha celebrado este miércoles una vista pública para revisar la condena a 15 años de cárcel para la integrante de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) por un delito de estragos terroristas. La Sala dictará posteriormente una sentencia de la que será ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, informaron fuentes jurídicas.

Durante la vista, el abogado defensor de Rodríguez Miguel ha enfatizado que su representada 'nunca ha tenido nada que ver' con acciones cometidas con explosivos y que 'jamás' se encontró en su domicilio ningún documento relacionado con una 'campaña' delictiva diseñada por la organización terrorista.

El letrado ha advertido también de que esta causa fue sobreseída en 'cinco' ocasiones hasta que el juicio se celebró '11 años después de la comisión de los hechos'. '¿Cómo se puede defender una persona 11 años después de los hechos?. ¿Esto es admisible en un Estado de Derecho?', se ha preguntado.

En el plenario, ha añadido, la testigo que identificó a la 'grapo' en la colocación de los explosivos dijo 'no recordar prácticamente nada' y se remitió a lo declarado en sede policial. Además, ha expuesto sus 'dudas' sobre el reportaje fotográfico realizado por la Policía y ha considerado 'curioso' que la imagen de la sospechosa se comparara principalmente con fotografías de personas mucho mayores que ella.

Por su parte, el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas ha pedido la confirmación de la condena que impuso el pasado octubre la Audiencia Nacional al entender que hay 'múltiples' e 'indiscutibles' pruebas que involucran a la terrorista en el ataque.

El representante del Ministerio Público ha señalado que el reconocimiento fotográfico fue ratificado en el acto del juicio oral y ha agregado que varios informes policiales inculparon a la acusada.

BOMBA COLOCADA EN EL SERVICIO

Según los hechos probados por la Audiencia, Rodríguez Miguel acudió sobre las 19.00 horas del 26 de septiembre de 2000 a la ETT Ader, situada en el número 27 de la calle Urdaiz de Vigo, para interesarse por los trámites que debía seguir su hermana para inscribirse.

Después, pidió ir al servicio, que sólo era utilizado por los empleados, y colocó en un mueble bajo la pila un artefacto temporizado que contenía un kilogramo de explosivo denominado 'termita' que había sido reforzado con unos 50 gramos de 'pentrita'.

Sobre las tres de la madrugada del día siguiente la bomba hizo explosión, provocando daños en el interior del local, situado en el denominado Edificio El Reloj, y en un vehículo aparcado en las inmediaciones del lugar.

La acción fue reivindicada por los GRAPO mediante una llamada telefónica, hecha por una mujer, a una empresa con la que compartía centralita la compañía atacada, y otra llamada al periódico 'Faro de Vigo'. Además se atribuyó el atentado en otros comunicados remitidos a varios periódicos.

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