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Las incongruencias de la sentencia del “Caso Nóos” entre lo probado y las penas

La Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin: Ella absuelta, él condenado.
photo_camera La Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin: Ella absuelta, él condenado.

De todos los análisis y comentarios sobre la sentencia del caso Nóos, ante la sorpresa generada por lo bien que han salido parados los justiciables, llama la atención la de que “se ha hecho justicia” y de que la Casa Real sale bien parada, el prestigio de la Corona intacto, que se cierra la etapa que llevaba años abierta hace tiempo

Y esto es tanto o más indignante que la levedad de las penas a los dos principales actores de este escándalo. Porque lograr la impunidad de Cristina de Borbón fue una cuestión de Estado para Mariano Rajoy, quien no sólo se apresuró a declararla inocente, y porque el Gobierno reforzó su defensa con la incorporación a la misma de la Agencia Tributaria (que se inhibió, al contrario de lo que hace con cualquier contribuyente al que persigue con eficacia por hechos menores), la Abogacía del Estado y la propia Fiscalía.
En cualquier caso, Cristina de Borbón no podía ser condenada porque el efecto sobre la Corona hubiera sido evidente, y por eso, el tribunal opta por una cosa intermedia: la absuelve por un lado y le impone (por cierto) una multa o sanción económica por lucrarse de un acto ilícito de su marido. Pero, ¿en qué quedamos: se enteraba o no de los enredos de Urdangarín y de dónde salía el dinero que manejaba o no?
La comparación entre las penas solicitadas por el fiscal y la sentencia resulta pavorosamente incomprensible, porque estamos ante un caso de donde se combinaban, según la responsabilidad de cada justiciable, malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público y mercantil, estafa en concurso con falsedad, delito fiscal, fraude a la Administración y blanqueo de capitales.
Como en cualquier otro sistema penal civilizado, en España, las penas se aplican gradualmente, según la gravedad de los hechos probados y las circunstancias que, en cada caso, modifican, agravan o descargan la responsabilidad criminal. Pero cuando uno examina los hechos probados, la implicación de los acusados, el impacto social se sus conductas y el efecto sobre la sociedad a la que perjudicaron, uno no puede evitar extrañarse ante la benevolencia de los jueces a la hora de aplicar las penas que, en lógica del hombre de la calle, deberían recaer sobre los encausados.
La sentencia está llena de agujeros, incógnitas e incongruencias, en algunos casos, pavorosas. Los altos cargos valencianos que hicieron tabla rasa de las estrictas normas que establecen las normas generales de contratación del Estado y de los entes públicos, no incurrieron en delito, y salen todos absueltos. Resulta difícil digerirlo. O sea, que los 3,6 millones de euros adjudicados al Instituto Nóos sin concurso público para organizar tres ediciones de los Valencia Summit -entre 2004 y 2006- estuvieron bien otorgados y quienes intervinieron en el asunto no son responsables de esta anomalía.
Pero qué se proyecta aquí, pues nada menos que la propia Corona. Ya que la sombra del propio Juan Carlos I como mediador a favor de su yerno, en la propia Zarzuela, aprovechando una visita del entonces presidente Camps y la alcaldesa Rita Barberá. La sentencia sobrevuela los hechos y los deja sin determinar. 

La sombra del Rey emérito

n n nEn los hechos probados hay una pavorosa contradicción que tiene que ver con el amparo que desde la Casa Real se prestó durante años a los negocios de Urdangarin. Éste afirmó, por un lado, en la vista oral que “en ningún momento” el rey Juan Carlos intercedió en sus negocios particulares ni en los de su esposa”. Pero cuando le mostraron un correo electrónico en el que se aludía a la información a don Juan Carlos sobre una intervención de Urdangarin relativa a la Copa del América que se iba a celebrar en Valencia, dijo “Su majestad el Rey fue informado por su afición por su involucración en el mundo de la vela”. ¿Por qué informar al Rey de los negocios particulares de su yerno? Y al día siguiente dijo que “daba cuenta de todas sus actividades al que fuera secretario de las Infantas, Carlos García Revenga, y que no daba un paso en mi vida sin consultarlo con él”, uno de los personajes que sale indemne de este enredo.
Al mismo tiempo, en el texto de la sentencia, el tribunal subraya "la gravedad de los hechos por las concretas circunstancias concurrentes" por parte de Iñaki Urdangarin, lo que conlleva que "Especial reproche merece la conducta de quién lejos de conducirse con arreglo a las exigencias dimanantes de su posicionamiento institucional, abusa de su privilegiada condición para mover la voluntad de los representantes públicos en beneficio propio"
El marido de la infanta mostró, según los jueces “un absoluto desprecio por nuestro ordenamiento jurídico al que no sirvió como cabía esperar de quien en aquellas fechas se hallaba integrado en la familia real" y por ello es "merecedor de un mayor reproche penal en el delito de tráfico de influencias". Y su socio, Diego Torres, "consciente de la ascendencia y de los contactos que al más alto nivel le procuraba tal alianza se benefició del lucro derivado se su ilícito proceder hasta las últimas consecuencias"-
Resulta desolador comparar la impecable instrucción del sumario con el modo en que el propio tribunal juzgador lo resuelve. Y eso opina el propio juez Castro, a quien tanto se ha criticado por su independencia y rigor, cuando afirma, tras conocer la sentencia, con respecto a la infanta que parece que "la ignorancia que ella hacía gala en el juicio e instrucción ha merecido crédito" del tribunal [---]Si ese es el convencimiento al que ha llegado la Audiencia Provincial, difiere del mío, pero el que vale es el suyo y hay que respetarlo y punto", declaró a EFE.  Y concluye:"Quizá uno no esperaba este tipo de sentencia así, pero si se nos explica por qué se llega a este resultado, es posible que lo entendamos o bien que sigamos sin entenderlo". Sería interesante leer esa argumentación -ha proseguido- y podríamos entender por qué se ha absuelto a determinadas personas o por qué la reducción de pena ha sido tan drástica".
Nada pues que añadir.
 

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