Economía

Los taxis en Galicia podrán ofrecer servicios compartidos

Núñez Feijóo, entre Alfonso Rueda y Valeriano Martínez, ayer en la reunión de su Gobierno.
photo_camera Núñez Feijóo, entre Alfonso Rueda y Valeriano Martínez, ayer en la reunión de su Gobierno.

En zonas con dificultades de transporte escolar, la Xunta "contratará" vehículos para los alumnos

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, daba cuenta ayer del nuevo decreto que regulará el transporte en taxi, merced al que tendrán opción de ofrecer a sus usuarios la posibilidad de "servicios compartidos", de forma que personas que no se conocen entre sí podrán compartir vehículo, bajando así el coste y mejorando el volumen de negocio.
Otro de los puntos novedosos se refiere a la concepción del taxi como transporte público, puesto que la norma establece que en zonas con dificultades para el transporte escolar en autobús por el bajo número de usuarios, ahora la Xunta pueda "contratar" con coste al Gobierno gallego un taxi que lleve "a dos, tres o cuatro" alumnos al colegio". Esta estrategia, según señaló ayer Feijóo, supone "un buen planteamiento para los padres y para el taxista".
Asimismo, según detallaba el presidente de la Xunta en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal con su gabinete, la normativa también velará por los derechos de los demandantes del servicio de taxi, que podrán reclamar ayuda para "bajar y subir" del vehículo, y para cargar y descargar equipaje, mientras que también podrán decidir sobre la calefacción, el aire acondicionado o el volumen de la radio. En relación al equipaje, el decreto autonómico también indica que un bulto por persona deberá ser gratuito.
Y entre otras novedades, se desarrolla igualmente la creación de las áreas territoriales de prestación conjunta del servicio, en ámbitos definidos por dos o más ayuntamientos limítrofes entre los cuales se produzca influencia mutua, de forma que los taxis podrán hacer sus servicios en el conjunto de su territorio y no de forma limitada a un solo municipio.

según la población
En todo caso, el número máximo de licencias por ayuntamiento estará fijado en función de su población, aunque éste podrá ser modificado en virtud de circunstancias concretas de un municipio, para lo que el ayuntamiento deberá elaborar un estudio que justifique técnicamente la necesidad de licencias y remitirlo a la Dirección General de Movilidad.
El proyecto ahonda también en las características de los vehículos adscritos a la prestación del servicio, introduciendo como novedades que los coches de más de 7 plazas -8 y 9- deberán disponer de una plaza adaptada para el transporte de personas en silla de ruedas.
Estos coches deberán tener un mínimo de cuatro puertas y 330 litros de capacidad de maletero, además de estar dotados de dispositivos de calefacción y aire acondicionado. En cuanto a la antigüedad, los vehículos no podrán superar los 12 años en ayuntamientos de hasta 20.000 habitantes o en el caso de taxis adaptados, y 10 en los municipios que superen esa población.
En otro orden de cosas, y como beneficio para los taxistas, esta norma refuerza la coordinación entre administraciones para que estos profesionales no necesiten varias autorizaciones para iniciar su servicio, en tanto que el beneficiario hará una única solicitud ante una plataforma electrónica, ante el ayuntamiento, que produce automáticamente el inicio del expediente municipal y autonómico, garantizando la coherencia entre ellas.

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