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Empleo refuerza el poder de las mutuas en las bajas laborales

Santamaría, Báñez y Pastor, a su llegada a la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo.
photo_camera Santamaría, Báñez y Pastor, a su llegada a la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo.

Sin embargo, los facultativos de Sanidad o del INSS serán los que tengan siempre la última palabra

El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de ley de reforma de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, que fue presentado por la ministra de Empleo, Fátima Báñez. Estos organismos podrán actuar desde el primer día de la baja laboral y cuando consideren que el beneficiario puede no estar impedido para el trabajo harán propuestas motivadas de alta médica dirigidas a la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud (SPS).
La inspección médica de los SPS deberá comunicar a la mutua y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en un plazo de 5 días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación. Si el SPS desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.
Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los SPS será de 11 días, y en el del INSS serán 8.
Por tanto, serán siempre los facultativos de los SPS o del INSS quienes tengan la última palabra para que los trabajadores se reintegren a su puesto de trabajo, una vez restablecidos. La ministra destacó que la ley clarifica y sistematiza el régimen jurídico de las mutuas y ha añadido que mejora las prestaciones del sistema en beneficio de los trabajadores y previene los riesgos laborales.
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
Paralelamente, los trabajadores ya no tendrán que desplazarse a su centro de salud cada siete días para recoger sus partes de baja ya que se ajustará a la previsión del seguimiento clínico, según recoge el real decreto sobre incapacidad.  n 

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