ALBERTO GARCÍA RAMOS Director del II Congreso Gallego de Compliance

“El compliance exige independencia, no deja de ser un policía interno en la empresa”

Alberto García Ramos.
photo_camera Alberto García Ramos.

 Cremades&Calvo Sotelo abogados y QualityNova Consultores organizan el martes día 29 en Círculo de Empresarios el II Congreso Gallego de Compliance, que dirige Alberto García Ramos, que es socio director del despacho en Galicia.


¿Qué se van a encontrar los que vayan al Congreso de Compliance?
Conocer en profundidad que es esto del compliance, que suena mucho pero que mucha gente no sabe lo que es. Van a poder ver que utilidad tiene para las organizaciones y empresas y también la necesidad,  porque vamos a una sociedad en que la transparencia y el cumplimiento normativo cada vez es más relevante y que dentro de las organizaciones haya un órgano, más pequeño o más grande, que se encargue de esto es importante. En segundo lugar que hemos conseguido reunir en Vigo a un plantel de más de veinte ponentes de un nivel muy elevado.
¿Cómo está la implantación?
Es muy residual. Esto nace en España en 2010 desde el momento en que el Código Penal hace responder a las empresas por delitos de sus directivos y administradores y el gran empuje de popularidad llega en 2015, que ya extiende la responsabilidad de la empresa a delitos de cualquier empleado. Salvo las empresas del Ibex que es obligatorio, o empresas de sectores regulados, en el resto el grado de implantación es muy bajo. En Galicia la inmensa mayoría de las grandes empresas no tienen un sistema de compliance y algunas ni se lo plantean. 
¿Cómo el afecta el desarrollo del compliance a las empresas más pequeñas?
Este es uno de los principales problemas. Hoy en día hablar de compliance o de prevención de riesgos legales o penales en general y de la pequeña empresa española todavía es una utopía, en la medida que no va a ser fácil que tenga capacidad económica para afrontar los costes que implica un programa de este tipo e incluya todos los requisitos del Código Penal y porque además en una micropyme el grado de control del propietario sobre la toma de decisiones de sus empleados es muy elevado, así que pongo en tela de juicio que sea imprescindible. Tal y como está configurado es un sistema para las medianas empresas para arriba. Eso no quita que cuando se aprobó la reforma del Código Penal hubo un borrador en el que se incluían todas y no descartemos que en una próxima reforma se haga extensible.
¿Es necesario un departamento interno o puede ser externo?
El Código Penal sobre esto no dice nada. Hay una circular de la Fiscalía General del Estado que considera que lo idóneo es que sea alguien interno. Es que es un puesto que exige independencia, hay que pensar que no deja de ser un policía interno, alguien que va a estar vigilando en la propia organización que no se cometan delitos ni irregularidades. Para eso que sea un órgano externo creo que garantiza mucho más la independencia. También es bastante habitual que se creen órganos mixtos. 

Te puede interesar