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La auditora de Pescanova defiende que su labor no era detectar fraudes

En el centro, Fernández Sousa (acusado de 8 delitos), en la junta de accionistas del 2007.
photo_camera En el centro, Fernández Sousa (acusado de 8 delitos), en la junta de accionistas del 2007.

El juez De la Mata considera "evidente" que conocían las irregularidades y que la auditoría tenía "carencias"

nnn La auditora que no detectó errores en las cuentas falseadas de Pescanova en los años 2010 y 2011, BDO, está imputada por los delitos de falsedad documental y de información económica según el auto de procedimiento dictado el lunes por el juez de instrucción de la Audiencia Nacional José de la Mata.
La auditoria replicó, horas después de hacerse público este documento jurídico, que recurriría el auto al considerar que hay "falta de consistencia" en la acusación. Ahora va más allá y asegura que los procedimientos estándar de auditoría "no están destinados a detectar fraudes en la gestión económica de la empresa".
El juez De la Mata, sin embargo, no argumenta en el auto que BDO debería haber detectado en la auditoría las prácticas contables irregulares, sino que considera "evidente" que la auditora "conocía esta práctica y su irregularidad". Concretamente, el auto señala que "la conclusión que indiciariamente puede alcanzarse a la vista de las declaraciones de otros participantes en los hechos, corroborados por las evidencias disponibles en los 'papeles de trabajo' de las auditorías y los expedientes sancionadores incoados por ICAC, es que el auditor externo de Pescanova, BDO, así como su socio auditor, Santiago Sañé, conocían todas las prácticas contables realizadas en la empresa, que han sido calificadas reiteradamente como irregulares".
Sobre los procedimientos de auditoría, el juez de instrucción asevera que "presentaban importantes carencias e insuficiencias" que en muchos aspectos estaría relacionado "con la identificación de errores y prácticas irregulares y comprobación de sistemas de control interno, lo que contribuía a asegurar el resultado pretendido, que era que las cuentas anuales fueran auditadas positivamente sin salvedad alguna".
BDO defiende no obstante que su tesis es "especialmente aplicable a aquellos casos, como el de Pescanova, en los que el fraude está institucionalmente organizado, precisamente para que, entre otros, el auditor no se percate de él". Señala que este tipo de procedimientos tienen "un alcance limitado, que analiza y audita aspectos de la contabilidad y el balance de cuentas que elaboran las empresas, en un perímetro consolidado declarado y oficial".n

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